"TITULO I: DENOMINACION Y
OBJETO SOCIAL
Artículo 1: Con la denominación de CONSEJO
ARGENTINO PARA LA INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. ASOCIACION
CIVIL (C.A.I.DIS), se constituye el día 12 del mes de
Noviembre de 1990, una Asociación Civil con domicilio en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, República Argentina. Se deja expreso el nexo de
continuidad entre la anterior denominación social CAMARA ARGENTINA DE
INSTITUCIONES PARA DISCAPACITADOS (C.A.I.DIS) y la actual denominación
social.
Artículo 2: Son sus
propósitos:
a) C.A.I.DIS quedará constituído como un órgano de coordinación
directa e indirecta de las actividades de sus afiliados individuales y/o
de todas aquellas instituciones reconocidas por organismos oficiales
nacionales o provinciales, cuyo principal objetivo sea la atención
integral de las personas con discapacidad y/o necesidades especiales,
respetando sus autonomías y las características propias de las mismas.
b) Podrá representar a las entidades
y/o personas afiliadas que la componen ante las autoridades oficiales y
privadas, del país y del extranjero; ante las instituciones vinculadas
a la discapacidad, redes solidarias, Ministerio de Salud de la Nación
y/o de las Provincias y/u organismos que los sustituyan y ante la opinión
pública. Siendo su representación general y amplia, siempre que tenga
que ver con su objeto social, o que fuere necesario, o cuando las
instituciones o afiliados soliciten su intervención
c) Podrá representar a las personas con discapacidad, sus familias e
instituciones que las comprenden ante los tres Poderes del Estado en
jurisdicciones nacionales, provinciales o municipales, Obras Sociales públicas
y mixtas, entes autárquicos y ONGs.
d) Asimismo se encuentra facultada para la defensa de los intereses
difusos, o colectivos o supraindividuales, es decir aquellos intereses
que no pertenecen a una persona determinada, sino que corresponden a un
sector de personas que se encuentran en una situación común, por lo
que la satisfacción del interés respecto de uno de ellos importa la de
todos, especialmente los intereses vinculados a los derechos humanos,
educación, rehabilitación, prevención, asistencia, inclusión,
promoción, salud y/o emergencia sanitaria de las personas con
discapacidad. Se incluye en la noción de interés la clasificación
tripartita de interés subjetivo, legítimo y simple. Igualmente se
otorga la facultad de asesorar, informar, influenciar en las políticas
de discapacidad y salud.
e) Dentro de sus facultades se encuentran las de fomentar, gestionar,
realizar convenios, administrar e implementar proyectos, fomentar
acciones positivas hacia las personas con discapacidad, patrocinar y
auspiciar eventos, gestionar fondos para implementar acciones de
prevención en beneficio de las personas con discapacidad, establecer
convenios con Universidades, ONGs u otras organizaciones a fin de
realizar jornadas, cursos, seminarios de especialización y/o programas
piloto en beneficio de mejorar la calidad de vida de las personas con
discapacidad
f) Podrá peticionar y gestionar ante las autoridades nacionales,
provinciales y municipales, la sanción de normas legales y
reglamentarias destinadas a mejorar o actualizar programas de atención
integral específicos a cada discapacidad e influir en la determinación
de las políticas de discapacidad.
g)Tendrá facultad para financiar, promover y auspiciar congresos,
jornadas, seminarios y eventos de especialización y actualización en
las distintas discapacidades para la mejor utilización de los recursos
humanos y técnicos.
h) Podrá constituírse en órgano de representación gremial de las
entidades afiliadas.
i) Podrá gestionar ante las autoridades nacionales, provinciales,
municipales e internacionales de todo orden la creación de cursos de
estudio e investigación, formando para ello a personal técnico
especializado.
j) Asimismo dentro de los objetivos y propósitos de C.A.I.DIS se
encuentra la facultad de crear una biblioteca especializada, con bancos
de datos que organizará a tal fin.
k) Queda facultada para publicar un boletín informativo y/o
newsletters, e-marketing, etc. y todo otro material didáctico y
bibliográfico que mejor coadyuve al conocimiento de los objetivos
institucionales y a la divulgación de las actividades de la entidad
mediante la utilización de todo medio audiovisual y/o informático.
l) Asimismo queda facultada la entidad para vincularse a instituciones
de igual o similar objeto del país o del extranjero, federándose o no
y dotar fundaciones.
ll) No obstante podrá promover medidas de orden nacional tendientes a
asegurar la integración y bienestar de las personas con necesidades
especiales
m) Se mantienen dentro de los propósitos de la entidad la de nuclear
los establecimientos asistenciales, educativos y terapeúticos que
operen en el area de la atención de las personas con discapacidad.
n) Podrá proveer a la defensa de los intereses comunes de dichos
establecimientos.
o) Tendrá facultad de representar a sus miembros ante organismos públicos,
privados o mixtos, sean éstos nacionales o extranjeros.
p) Podrá establecer los mecanismos de vinculación entre los asociados
a fin de que ésos adopten criterios de actuación uniformes.
q) Podrá organizar y llevar adelante diferentes servicios de consulta y
asesoramiento de sus miembros, comprendiendo los mismos: Habitat
(utilización de los espacios físicos); Jurídico–legal (incluídos
laboral y responsabilidad institucional; Impositivo (previsional y
contable); divulgación técnica y científica (en todos sus aspectos
)”.